La Regional Cuyo de la Sociedad Argentina de Planificación Territorial – SAPLAT, manifiesta su preocupación con los objetivos y procedimientos llevados a cabo por el Gobierno de la Provincia de Mendoza en el marco del proyecto El Azufre.
En primer lugar, manifestamos que la privatización de las 12.351 hectáreas en la Cordillera de los Andes, es un acto que atenta contra la soberanía nacional por encontrarse en área de frontera y en cercanía de glaciares de nivel geopolítico estratégico y contra las competencias e intereses legítimos de las Provincias que comparten la cuenca del Río Colorado por el manejo sin consulta del agua de uno de sus afluentes.
La gravedad del asunto trasciende a la construcción de un lujoso y exclusivo centro de esquí. Se trata de otro espacio para unos pocos, en un terreno de interés general argentino, no solo mendocino, no solo malargüino, por lo que los objetivos del emprendimiento son al menos dudosos.
Insistimos en la inclusión, apertura y revisión de los procesos aprobados hasta la fecha; bajo el fundamento que un tema transversal como el ordenamiento territorial, que tiene como foco la creación del Centro de Esquí El Azufre, genera impacto en la cohesión territorial e interrelación jurisdiccional, en el ambiente, en la estructura espacial y en la sociedad toda.
Si bien reconocemos el potencial del departamento de Malargüe para el desarrollo de actividades tanto mineras como turísticas, creemos que es fundamental que estas últimas se implementen con sostenibilidad y sean accesibles a todos los sectores y clases sociales.
A todo esto se suma que el Consejo Provincial de Ordenamiento Territorial creado por el art. 40 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Usos del Suelo nro. 8051/09, no sesiona desde el mes de abril del 2019 y que el departamento de Malargüe no tiene aprobado aún su Plan Municipal de Ordenamiento en el marco de lo dispuesto por la Ley nro. 8999/17 denominada Plan Provincial de Ordenamiento Territorial.
Para sustentar esta postura, destacamos las siguientes irregularidades del proyecto, en sus diferentes aspectos:
- Dominial: El terreno fue cedido gratuitamente por el Gobierno de Mendoza a una sociedad comercial privada, El Azufre S.A. de capital extranjero mediante el decreto provincial nro 2138/21. La Provincia no es titular del fundo, sino el Estado Federal. La situación se encuentra actualmente judicializada ante la Cámara Federal de Mendoza – Sala B -Vocalía 1 – Ex 035004/2022.
En consecuencia, en términos del artículo 110 de la Constitución Nacional ninguno de los gobiernos, federal o provincial, puede intervenir en lo que es materia del litigio y resultan nulos todos los actos que tengan por objeto disponer de bienes ajenos al Estado Provincial.
- Afectación de las competencias e intereses legítimos de las Provincias que comparten la cuenca del Río Colorado: Las hectáreas cedidas tienen derecho al uso del agua del Río Valenzuela, afluente del Río Grande y este es a su vez del Río Colorado. En ningún momento se citó a las provincias cuyos recursos hídricos podrían verse afectadas.
- Violación de las reglas relativas a la consulta libre, previa e informada. Lo cual fue denunciado en la audiencia pública, convocada sin esos requisitos, por la Dirección de la Unidad de Evaluación de Impacto Ambiental dependiente de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial provincial dentro del procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto. Esto indica que no resulta abierto a la comunidad, ni es de público conocimiento. Lo que en términos de gestión se traduce a que no se incluyó a todos los posibles afectados por el proyecto.
- Violación del Acuerdo Regional de Escazú: sobre el acceso a la información, la participación pública en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en asuntos ambientales en América Latina y el Caribe.
- De los riesgos: No se presentó en la audiencia un plan de gestión de riesgos del proyecto que incluya las determinaciones a tomar por la empresa e identifique las responsabilidades y sus responsables. Como tampoco el aseguramiento y compromiso con la comunidad afectada y el ambiente mediante un fondo de garantía de riesgo, cuyo monto sea coherente a las posibles mitigaciones a realizar.
- Arquitectura: Dada la envergadura de la obra, la inversión y las contingencias climáticas de la zona, las construcciones deberían contar con certificación de eficiencia energética expedida por un organismo competente.
- De la creación de oportunidades de trabajo: Como es costumbre en proyectos de estas características promete, en su publicidad, la generación de numerosos puestos de trabajo para los pobladores locales, sin embargo no presenta un plan de gestión al respecto.
A la espera de la regularización de los aspectos denunciados, consideramos que el Gobierno de la Provincia de Mendoza debe ordenar la suspensión de los procedimientos y la recomposición ambiental del daño ya producido.