Ante la reciente sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa promovida por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM), la Sociedad Argentina de Planificación Territorial (SAPLAT) expresa su profunda preocupación y firme rechazo a las consecuencias territoriales, económicas, ambientales y políticas de la derogación de la Ley Nacional 26.737 de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales.
La Corte revocó el fallo de la Cámara Federal de La Plata que había declarado inconstitucional el Artículo 154 del DNU 70/2023. Pero es fundamental señalar que la Corte no declaró constitucional esta derogación: rechazó la acción por considerar que el CECIM carecía de legitimación y que no estaba configurado un caso o controversia judicial. La propia sentencia deja expresamente a salvo que no se pronuncia sobre la validez constitucional del Artículo 154 ni sobre la intervención que corresponde al Congreso respecto del DNU.
Sin embargo, la consecuencia práctica es gravísima: queda nuevamente vigente la derogación de la Ley Nacional 26.737, eliminando el régimen que establecía límites a la titularidad extranjera de tierras rurales. Esa ley fijaba, entre otras salvaguardas, un máximo del 15% de titularidad extranjera en los ámbitos nacional, provincial y municipal o departamental, límites por nacionalidad y restricciones especiales en zonas de frontera y sobre tierras vinculadas con cuerpos de agua.
SAPLAT sostiene que la tierra rural no puede ser concebida exclusivamente como una mera mercancía sometida a las reglas del mercado. Es esencialmente el soporte de actividades productivas, ecosistemas, recursos hídricos, comunidades, paisajes, fronteras y sistemas territoriales. Su propiedad, concentración y localización tienen consecuencias que exceden ampliamente la relación entre agentes privados, individuos o corporaciones, y comprometen intereses colectivos y capacidades estratégicas del Estado. Además, es necesario tener presente que la sociedad argentina ya expresó un amplio rechazo a los intentos de desregulación del régimen de tierras contenidos en el falaz proyecto de “Inviolabilidad de la Propiedad Privada”, cuya orientación fue cuestionada por sus potenciales efectos sobre las capacidades del Estado para regular el uso y la apropiación del suelo.
Por esto, regular la adquisición extranjera de tierras no constituye una restricción arbitraria del derecho de propiedad. Es una potestad y herramienta legítima de política territorial de la Nación destinada a compatibilizar derechos individuales con intereses colectivos como la protección ambiental, el desarrollo regional, el arraigo poblacional, la soberanía alimentaria y la capacidad pública de planificación. Todos ellos, derechos colectivos que el Gobierno Nacional niega rotundamente.
SAPLAT cuestiona especialmente que una modificación estructural de semejante alcance haya sido introducida mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia. El Artículo 99 en su inciso 3° de la Constitución Nacional establece el carácter excepcional de este resorte legislativo, ya de por sí, ajeno a las potestades de un Poder Ejecutivo. La propia Corte, en la sentencia, dejó expresamente abierta esta cuestión constitucional.
Por lo tanto, la discusión no está cerrada. La salida es política y debe volver al Congreso de la Nación y a la sociedad. SAPLAT reafirma su posición de que la tierra constituye una dimensión fundamental del interés colectivo y por ello propone:
- Apoyar firmemente las iniciativas existentes para impulsar una acción federal, institucional y social destinada a derogar en el Congreso Nacional el Artículo 154 del DNU 70/2023 y restablecer un régimen nacional de protección del dominio sobre las tierras rurales, actualizado y fortalecido.
- Promover en el Congreso una ley integral de tierras rurales y ordenamiento territorial, articulada con políticas productivas, ambientales, hídricas y de desarrollo regional.
- Garantizar un Registro Nacional de Tierras Rurales transparente, de consulta pública, georreferenciado y actualizado, que permita conocer los niveles de concentración, la titularidad y la localización de las tierras.
SAPLAT llama a las organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas y profesionales, gobiernos provinciales y locales y representantes parlamentarios a promover una amplia concientización y movilización democrática en defensa de la capacidad colectiva de decidir sobre el territorio argentino.
Porque planificar no es impedir el funcionamiento del mercado: es garantizar que el mercado no determine por sí solo el futuro del territorio.
Y el territorio es un patrimonio de la comunidad nacional, cuya regulación democrática constituye una responsabilidad indelegable que hace a la razón de ser del Estado Nacional y sus provincias constituyentes.
SOCIEDAD ARGENTINA DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL (SAPLAT)